SUBVENCIONES DEPORTISTAS INDIVIDUALES 2023-Subsanación de documentos

Según lo que establece la cláusula 9.2 de la convocatoria:

«Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al/la interesado/a para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, según lo dispuesto en el art. 68 Ley 39/2015, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido/a de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 21...»

Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se relaciona en documento adjunto, el listado de interesados/as, que deberán subsanar los documentos requeridos.

El plazo para la subsanación documental será de 10 días hábiles acaba el 17 de agosto de 2023, inclusive.

Diligencia de Subsanación de Documentos: PINCHAR AQUÍ https://deportes.elcampello.es/wp-content/uploads/2023/08/a.-Diligencia-Subsanacion-Subv-Dep-Indiv-2023.pdf


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